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Procedimiento ante cuotas impagas

21/12/15

Resolución de Comisión Directiva, Acta Nº 323, 4 de setiembre de 2012
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Recordamos a nuestros socios que, por resolución de Comisión Directiva, Acta Nº 323, de fecha 4 de setiembre de 2012, se reglamentó el procedimiento administrativo para con los socios que mantengan cuotas impagas.

 

En este sentido, se establece que si un socio se atrasara 3 meses en el pago de su cuota social, se le enviará una notificación por escrito indicando la situación y solicitando su regularización.

 

En caso de que el socio no proceda a regularizar su deuda dentro de los siguientes 90 días de notificada, se procederá a su desafiliación, informándosele en forma fehaciente.

 

Es importante señalar que mientras se mantengan adeudos en el pago de cuotas sociales, el socio quedará suspendido en el ejercicio de sus derechos como miembro de la institución.

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