En el mes de abril de este año la DGI publicó la Consulta N° 6.641, en la cual un contribuyente plantea escenarios respecto al alcance y aplicación de la Ley 20.191. Esta es la Ley que otorga un beneficio fiscal a los técnicos y profesionales del software que residen en el extranjero y deciden radicarse en Uruguay.
Por una parte el contribuyente consulta si los contratos de trabajo que cumplan con las condiciones exigidas (en la Ley N° 20.191 y el Decreto N° 360/023), pero hayan sido iniciados antes de agosto del 2023, pueden ampararse en el beneficio fiscal. La DGI responde en sentido negativo dado que «la intención de la norma es promover el trabajo en el sector mencionado y cubrir el faltante de personal calificado que hay actualmente en el mismo, y que ello fue pensando en la contratación a celebrarse a futuro».
Por otra parte consulta si los contratos de trabajo que cumplan con las condiciones exigidas y hayan sido iniciados luego de la promulgación de la Ley pero antes de la sanción del Decreto, pueden ampararse en el beneficio fiscal. La DGI responde en sentido afirmativo: «se concuerda en que el régimen mencionado es para los contratos celebrados desde la fecha de vigencia de la Ley hasta la fecha límite establecida de 28 de febrero de 2025, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la Ley Nº 20.191 y el Decreto Reglamentario Nº 360/023, con independencia de si se celebraron antes o después de la sanción de dicha reglamentación.»
Por mayor información pueden contactarse con Enrique Ermoglio (eermoglio@deloitte.com), Felipe Prado (fprado@deloitte.com) o Cecilia Valverde (cvalverde@deloite.com), integrantes del Departamento de Asesoramiento Impositivo y Legal de Deloitte.
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