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Proyecto de Ley para fomentar la radicación en Uruguay de técnicos y profesionales del software – Avance parlamentario

21/06/23

El pasado 13/12/2022 ingresó al Parlamento un Proyecto de Ley que busca fomentar la radicación en Uruguay de técnicos y profesionales del sector de las Tecnologías de la Información (TI) que actualmente se encuentran en el exterior. Este fomento se realiza a través de un beneficio fiscal para trabajadores del sector. El Proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados el 3/5/2023 y se encuentra actualmente en evaluación en la Cámara de Senadores.
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Desde la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología, en sesión del 1/6/2023, se resuelve invitar a representantes de FUECYS (Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios) a la próxima sesión, para dar su opinión sobre el proyecto. Se procede con el pedido y se deja constancia en la versión taquigráfica de la sesión que el Gobierno tiene la voluntad de aprobar el proyecto en este mes de junio.

A continuación resumimos las principales características de este beneficio fiscal:

  • Se brinda la opción de tributar IRNR (en lugar de IRPF) y no realizar aportes a la seguridad social uruguaya para los técnicos y profesionales del sector de tecnologías de la información (TI).
  • Para acceder a esta opción deben verificarse varias condiciones en forma simultánea:
    1. Ser extranjero o nacional, que no haya verificado la residencia fiscal en el país en los 5 años previos al traslado a territorio nacional;
    2. Desarrollar la actividad a tiempo completo en territorio nacional (al menos 244 días de presencia física efectiva en Uruguay por cada año calendario).
    3. Expresar por escrito su voluntad de no ampararse al sistema de seguridad social vigente en Uruguay.
    4. Obtener la totalidad de las rentas del trabajo en territorio nacional, exclusivamente en relación de dependencia, por la prestación de servicios en las áreas de biotecnología o bioinformática, desarrollo de soportes lógicos o servicios vinculados a los mismos.
  • La opción podrá realizarse por única vez, y será de aplicación durante 5 ejercicios corridos (incluyendo el año de la opción).
  • Si posteriormente al ejercicio de la opción se produjera la desvinculación del trabajador, éste continuará teniendo derecho a la aplicación de la opción dentro de los plazos referidos, siempre que continúe verificando las condiciones, y no transcurra más de 1 año entre la desvinculación y la nueva vinculación laboral.
  • La opción regirá para contratos laborales iniciados hasta el 28/2/2025.

Es importante destacar que este Proyecto de Ley se encuentra en estudio del Parlamento y no ha sido aprobado aún.

Por mayor información pueden contactarse con los autores de esta nota, Felipe Prado (fprado@deloitte.com) y Cecilia Valverde (cvalverde@deloite.com), socio y gerente senior, integrantes del Departamento de Asesoramiento Impositivo y Legal de Deloitte.

 

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